Comentario: Una de acciones del
sistema capitalista es la explotación de los niños, niñas y adolescentes en el
mundo, puesto que son mucho más débiles. Venezuela cuenta con una Ley Orgánica
para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, donde se garantizan todos
los derechos y deberes. En esta nueva
ley orgánica del trabajo, se prohíbe que los niños, niñas y adolescentes que no
hayan cumplido los 14 años formen parte del campo laboral venezolano, a no ser
que los mismos, desarrollen actividades intelectuales.
domingo, 6 de mayo de 2012
-(Artículo 32). PROTECCIÓN ESPECIAL PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Artículo 32. Se prohíbe el
trabajo de niños, niñas y adolescentes, que no hayan cumplido catorce años de
edad, salvo cuando se trate de actividades artísticas y culturales y hayan sido
autorizados por el órgano competente para la protección de niños, niñas y
adolescentes. El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad
absoluta, su protección integral. El trabajo de los adolescentes mayores de catorce años
y hasta los dieciocho años, se regulara por las disposiciones constitucionales
y la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
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